martes, 3 de marzo de 2015

Nuevo Plan PIVE 7

El Gobierno ha aprobado el Plan PIVE 7 2015, pero ha incluído dos novedades con respecto a ediciones anteriores: el coche a achatarrar debe tener la ITV pasada y haber pertenecido al beneficiario de la ayuda durante, al menos, un año. La dotación del nuevo PIVE es de 175 millones de euros, pero ya sólo quedan 30 millones a repartir.




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Con todas las novedades, estas son siete claves para entender el Plan PIVE 2015: 

1. ¿Quién podrá solicitar el Plan PIVE 2015?

Particulares, profesionales autónomos, microempresas y PYMES, siempre y cuando sean titulares de un vehículo de más de 10 años, en el caso de turismos, o más de 7 años, en el caso de comerciales ligeros. La titularidad debe ser de, al menos, un año.

Como el plan está pensando para potenciar el cambio de vehículos antiguos por otros menos contaminantes, para recibir la ayuda será imprescindible presentar el certificado de destrucción del coche viejo (de este trámite se suele encargar el concesionario). Ahora, además, es obligatorio que el coche a achatarrar haya pasado la ITV.


2. ¿A cuánto ascenderá la ayuda?
Depende de la condición del solicitante. La ayuda inicial es de 2.000 euros, de los que el Gobierno (concretamente el Ministerio de Industria, Energía y Turismo) pone los 1.000 primeros y el fabricante o concesionario, los restantes.

Si el comprador presenta un documento que acredite que el coche a comprar está destinado al uso y disfrute de una familia numerosa, la subvención pasa de 2.000 a 3.000 euros que nuevamente se reparten a partes iguales entre Administración y vendedor. Eso sí, debe ser un modelo de, mínimo, cinco plazas.

También disfrutarán de un descuento de 3.000 euros en 2015 las personas con movilidad reducida.

3. ¿El Plan PIVE 2015 será compatible con otros programas de ayudas?


Sí, siempre y cuando sean dependan de fondos propios de las comunidades autónomas o se costeen con fondos europeos. También se pueden sumar a los descuentos y promociones puntuales de los fabricantes y concesionarios.

El Plan PIVE también es compatible con las ayudas que el Gobierno da a la compra de vehículos eléctricos, conocido como Plan Movele.

4. ¿Quién hará el descuento?

Aunque, como ya hemos explicado en el punto 1, la cuantía a descontar la costean a partes iguales el Gobierno y el fabricante o vendedor, será este último el encargado de materializarlo. Es decir, sera el concesionario quien reste la cantidad correspondiente de la factura final a abonar por el cliente (luego tendrá que pedir cuentas a la Administración).

5. ¿Qué coches se beneficiarán del Plan PIVE 7 en 2015?


La web del IDAE, el organismo dependiente del Ministerio de Industria encargado de la gestión y aplicación del PIVE 7 establece una serie de requisitos para que los coches de nueva factura. 

Todos los vehículos tendrán que ser nuevos, deberán ser matriculados en España y estar en alguna de las siguientes categorías:

1. Turismos (M1) con clase energética A o B en la Base de datos de Turismos (BBDD) de IDAE.
2. Vehículos comerciales ligeros (N1) con emisiones de CO2/km no superiores a 160 gramos.
3. Turismos o vehículos comerciales (M1 o N1) eléctricos, alimentados con GLP o Gas Natural con emisiones de CO2/km no superiores a 160  gramos.
4. Vehículos híbridos, híbridos enchufables, eléctricos de autonomía extendida y eléctricos puros.
5. Turismos o comerciales ligeros (M1 o N1) con emisiones de CO2/km no superiores a 120 gramos, con clase energética A, B, C o D en la BBDD  de Turismos de IDAE.
6. Turismos (M1) con más de 5 plazas con etiqueta A, B o C en la BBDD de Turismos de IDAE y adquirido bajo la condición de Familia Numerosa.
7. Vehículos adaptados a personas de movilidad reducida y adquiridos bajo la condición de minusvalía reconocida. Si son propulsados  propulsados por gas natural o GLP, no podrán superar los 180 g/km de CO2.

En junio, el Gobierno adelantó que habría 300 millones para el PIVE en los próximos años
Quedan excluidos todos aquellos modelos que aún cumpliendo los requisitos anteriores tengan un precio de venta al público que supere los 25.000 euros (antes de aplicar el IVA). En el caso de los que sean adquiridos por familias numerosas o personas con movilidad reducida, el tope asciende a 30.000 euros.

Los vehículos híbridos, híbridos enchufables, eléctricos de autonomía extendida y eléctricos puros, no contarán con ninguna limitación en su precio de compra.

6. Si me dan el PIVE, ¿tengo que ponerlo en la declaración de la renta?

Buena pregunta esta, porque son muchos los conductores que no saben que las ayudas recibidas bajo el paraguas del Plan PIVE (sea de la edición que sea) tributan en el IRPF. Es decir, hay que incluirlas en la declaración de la renta. La cantidad a tributar no es fija, pues depende de los ingresos del contribuyente y la fecha en que se haya llevado a cabo la operación, pero no olvides incluirlo.

Para cualquier consulta o información, póngase en contacto: 

Tlf: 955.723.515 
M: 669.297.945 / 686.721.856 


C/ Desarrollo 3. Parque Industrial P.I.S.A. 
(Mairena del Aljarafe, Sevilla). CP: 41927
     
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